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RÉGIMEN DE INCENTIVOS DE GRANDES INVERSIONES (RIGI)

Con fecha 28.07.2024 el Congreso de la Nación ha aprobado la “Ley de Bases y Punto de Partida para la Libertad de los Argentinos”, la cual propone medidas significativas como delegaciones de poderes, reformas laborales y fiscales, un régimen de incentivos para grandes empresas, entre otras. 

En virtud de lo expuesto, a continuación un breve resumen del Régimen de referencia aprobado:

i. Alcance: El RIGI ha sido creado por la Ley Bases con el objetivo de atraer inversiones al país, para los vehículos titulares de un único proyecto que cumplan con los requisitos previstos en la ley, ciertos incentivos, certidumbre, seguridad jurídica y un sistema eficiente de protección de derechos adquiridos a su amparo, y se aplicará en todo el país[Es importante destacar que, cada provincia tendrá la autonomía y potestad de adoptar el RIGI].

ii. Finalidades: El RIGI tiene como objetivo incentivar a las grandes inversiones tanto nacionales como extranjeras en Argentina, busca promover el desarrollo económico del país y fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos. Además, tiene por fin incrementar las exportaciones de bienes y servicios al exterior, favoreciendo así la creación de empleo, como también generar condiciones de previsibilidad y estabilidad para las grandes inversiones.

iii. Requisitos:

  • Sujetos: Podrá solicitar su adhesión los Titulares de Vehículos de Proyecto Único (VPU) de una o más fases de un proyecto que califique como “Gran Inversión” 1. Incluye Sociedades Anónimas (incluidas Unipersonales), Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sucursales de Sociedades extranjeras y Uniones transitorias de empresas, y otros contratos asociativos2. Adicionalmente, podrán inscribirse los proveedores de bienes o servicios con mercadería importada destinada a VPUs inscriptos.
  • Plazo: El plazo para adherirse será de 2 años [El PEN está facultado para prorrogar por única vez la vigencia del plazo por un período de hasta 1 año desde el vencimiento del plazo anterior].
  • Sectores comprendidosAgroindustria, Infraestructura, Forestal, Minería, Gas y Petróleo, Energía y Tecnología.
  • Monto mínimo de inversión: 200 millones de dólares. [El Poder Ejecutivo Nacional podrá establecer diferentes montos mínimos por sector]
  • Cronograma/Plan de Inversión. La solicitud de adhesión debe ser acompañada por un plan de inversión, los cuales deberán ser aprobadas por la autoridad de aplicación.

iv. Beneficios para los inscriptos:

  • Impositivos: Se destaca la reducción del Impuesto a las Ganancias a una tasa máxima fija del 25%, sobre dividendos 7% y después de 7 años de adhesión corresponderá 3.5%; la amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura; la transferencia de quebrantos impositivos no absorbidos dentro de los primeros 5 años; posibilidad de computar el 100% del Impuesto sobre débitos y créditos bancarios como crédito en el Impuesto a las Ganancias.
  • Aduaneros: Se prevé una exención de derechos de importación, tasa de estadística y comprobación de destino y de todo régimen de percepción o retención o recaudación de tributo nacional y/o local para bienes de capital nuevos, repuestos, partes e insumos y de derechos de exportación luego de los primeros 3 años de la adhesión y 2 para los proyectos de exportación estratégica.  
  • Cambiarios: Se resalta que no será obligatorio ingresar o liquidar en el mercado de cambios las divisas y/o cualquier contravalor correspondiente a otros rubros o conceptos (aportes de capital, préstamos o servicios), contando con la libre disponibilidad; dispone de incentivos cambiarios para las exportaciones luego de transcurridos 2 años contados desde la fecha de puesta en marcha, y contempla el derecho a pagar utilidades, dividendos e intereses mediante acceso al mercado de cambios sin restricciones y sin necesidad de conformidad previa del BCRA en tanto la inversión haya ingresado a través del MULC.
  • Otros: Se estipula que los VPU pueden llevar sus registraciones contables en dólares usando las Normas Internacionales de Información Financiera; las reorganizaciones de empresas que se llevan a cabo con el fin de establecer un VPU o realizar las inversiones en activos computables no tendrán que cumplir con los requisitos o controles para evitar la simulación de ventas, entre otros incentivos.

Por último, prevé que los VPU gozarán de estabilidad tributaria, aduanera y cambiaria durante los 30 años siguientes de la fecha de adhesión.
Cabe destacar que, el Poder Ejecutivo Nacional deberá reglamentar el RIGI en el plazo de 30 días, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial.
 
También contempla los sujetos excluidos para adherirse al RIGI, entre ellos, quienes registren deudas firmes, exigibles e impagas de carácter fiscal o previsional; condenados con sentencia firma en el marco de causas penales iniciadas por denuncias realizadas por la AFIP, etc
2 Se considerará Grande Inversión aquel proyecto que involucre la adquisición, producción, construcción y/o desarrollo de activos que serán afectados a actividades que cumplan con ciertas condiciones.

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