Con fecha 04.09.2020 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General Nro. 4810/2020 dictada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (en adelante la “A.F.I.P.“) la cual tiene por objeto establecer un nuevo procedimiento online para la obtención, por parte de personas jurídicas, de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
- Los representantes legales de personas jurídicas que no puedan concurrir a las dependencias de la A.F.I.P. para obtener su C.U.I.T., deberán presentar la documentación mediante el servicio “Presentaciones Digitales” seleccionando el trámite “Inscripción o modificación de datos de Personas Jurídicas”.
- Requisitos de la documentación:
- Archivos digitales legibles;
- Suscripta por el representante legal de la persona jurídica que solicita la inscripción;
- Certificada por escribano público o, de corresponder, por el organismo de contralor competente, en ambos casos mediante la utilización de la firma digital.
- La A.F.I.P podrá requerir la presentación de documentación de respaldo correspondiente. Dicho requerimiento será debidamente notificado al responsable.